La producción agropecuaria se desarrolla a cielo abierto, por eso esta actividad está sujeta a un riesgo adicional al resto de las actividades, que es el climático y no perdona. La tremenda sequía vivida -que aún permanece- redujo en forma brutal la rentabilidad obtenida.
Las normas vigentes de emergencia agropecuaria, no resultan razonables y la mayoría de ellas solo permite un diferimiento del impuesto.
Las mal llamadas retenciones- verdadero impuesto violento a la producción- no es una herramienta cambiaria, no existe en ningún otro país del mundo y así afecta la competitividad de la Argentina frente nuestros vecinos proveedores del mundo.
Su aplicación es inequitativa absolutamente, al no contemplar los costos de producción de cada contribuyente.
Los porcentuales son inaceptables y resultan anticonstitucionales ante el entrelazado de decretos y resoluciones ministeriales, que están por encima de la ley de fondo. Fallos como Camaronera Patagónica y Sociedad Rural Argentina reconocen la confiscatoriedad en determinadas circunstancias.
De la renta agrícola el 74,6%- según el informe de FADA junio 2023 -se lo queda en Estado y cuando se desarrolla la producción en campo alquilado prácticamente nada le queda al productor.
Variadas distorsiones se producen en la medición de la renta del agro, que terminan violando los principios básicos de nuestra Constitución nacional.
La venta de inmuebles rurales resulta escasa pero el efecto que genera el impuesto a las ganancias ante un impedimento” legal” de actualizar su costo, hace desastres por doquier.
Se propone lograr Cultura y Educación tributaria en nuestro país, así como una sensible reducción de los impuestos y de los gastos públicos innecesarios e ineficientes.
Todos los impuestos y sus normas de aplicación deben respetar las bases de la Constitución.